Aprobadas las directrices europeas sobre gobernanza de productos

La Autoridad Europea de Valores y Mercados, la AEVM, (European Securities and Markets Authority, ESMA), entidad reguladora de los mercados de la Unión Europea, acaba de publicar su informe final sobre las normas (nivel III) de aplicación de la Directiva delegada de la Comisión Europea recientemente aprobada (nivel II) sobre la gobernanza de productos y la protección de inversores  [1].

Estas directrices, recomendaciones no vinculantes  [2] que nacen como respuesta a los Q&A, los cuestionarios sobre preguntas y respuestas lanzados a los participantes del mercado (empresas de servicios de inversión, ESIs, y entidades de crédito), conforman el nivel III en el esquema Lamfalussy y buscan una aplicación armonizada en toda la Unión Europea de la normativa relativa a los mercados financieros para proteger a los inversores (MIFID II, Directiva de Mercados de Instrumentos Financieros), cuya entrada en vigor se prevé el 3 de enero de 2018.

Concretamente, la normativa tienen como objetivo el control y seguimiento de los productos financieros desde su fabricación hasta la comercialización entre los clientes, y supondrá la implementación en las entidades financieras de procedimientos que garanticen una mejor clasificación y adecuación de los instrumentos en función del tipo de cliente al que se dirijan. La iniciativa se enmarca en la tendencia en el ámbito de la UE de aspirar a una mayor transparencia en la comercialización de productos complejos, que permitirá al inversor minorista comparar distintas alternativas de inversión, explicadas a través de un lenguaje claro y sencillo  [3].

Asimismo, las directrices pretenden la consecución de una mayor convergencia regulatoria, abarcando no solo los instrumentos financieros sino también los productos bancarios y de seguro que hasta hora quedaban fuera de MIFID. El objetivo es, en definitiva, poner fin a la dispersión y complejidad regulatoria, que se ha demostrado claramente desfavorable para los intereses del inversor minorista.

No puede pasarse por alto que estas medidas y otras disposiciones, que llegarán con la implementación definitiva de MiFID II, exigirán cambios de calado en materia de gobierno corporativo. Representan, al mismo tiempo, una buena oportunidad para disminuir la litigiosidad tan presente en el ámbito bancario desde la crisis y mejorar la reputación de las entidades respecto al cliente bancario.

[1] Directiva Delegada (UE) 2017/593 de la Comisión, de 7 de abril de 2016, relativa a la salvaguardia de instrumentos financieros y obligaciones en materia de gobernanza de productos y normas sobre percepción de honorarios.

[2] Aun siendo no vinculantes, las recomendaciones de ESMA se someten al principio de “complain or explain”; es decir, el no cumplimiento de las mismas debe justificarse ante las autoridades europeas.

[3] De esta misma filosofía participa el Reglamento (UE) número 1286/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre documentos de datos fundamentales (KID) relativos a los productos de inversión minorista vinculados y los productos de inversión basados en seguros (PRIPs).